2.4 Estrategias de sustentabilidad para el manejo de recursos naturales

2.4 Estrategias de sustentabilidad para el manejo de recursos naturales

SERVICIOS AMBIENTALES
Los bienes y servicios que las personas obtenemos a partir de nuestro entorno natural se conocen como servicios ambientales (SA). Regularmente, los servicios ambientales son gratuitos para la gente que disfruta de ellos, mientras que los dueños y poseedores de las tierras donde estos se dan, que los proveen, no son compensados en forma alguna por ello. Los servicios ambientales son directamente dependientes del funcionamiento "saludable" de los ecosistemas y de la biodiversidad que estos contienen. Cuando los ecosistemas se degradan también lo hacen los servicios que prestan.
Los servicios con los cuales estamos directamente vinculados son la provisión de agua, aire y alimentos, todos ellos de buena calidad, ya que son los principales requerimientos para la vida. Sin embargo, también existen otros servicios que son igualmente importantes, como es la protección contra desastres naturales como los huracanes, el control de plagas o la recreación. Sin duda, existe una estrecha relación entre la calidad de los servicios ambientales y la calidad y mantenimiento de nuestra vida.
Clasificación
Dependiendo de los bienes y servicios que ofrecen, los servicios ambientales han sido agrupados como sigue:


Servicios de soporte: son aquellos que mantienen los procesos de los ecosistemas que mantienen y permiten la provisión del resto de los servicios. Estos pueden o no tener implicaciones directas sobre el bienestar humano. Entre ellos se encuentra el mantenimiento de la biodiversidad, el ciclo hidrológico, el ciclo de nutrientes, y la producción primaria.
Servicios de provisión: son recursos tangibles y finitos, que se contabilizan y consumen. Además pueden ser o no renovables. Entre ellos se encuentra la provisión de agua para consumo humano, la provisión de productos como la madera y la producción de comida.
Servicios de regulación: son lo que mantienen los procesos y funciones naturales de los ecosistemas, a través de las cuales se regulan las condiciones del ambiente humano. Entre ellos encontramos la regulación del clima y gases como los de efecto invernadero, el control de la erosión o de las inundaciones. También la protección contra el impacto de los huracanes es un servicio de regulación.
Servicios culturales: pueden ser tangibles e intangibles y son producto de percepciones individuales o colectivas; son dependientes del contexto socio-cultural. Intervienen en la forma en que interactuamos con nuestro entorno y con las demás personas. Entre ellos se encuentra la belleza escénica de los ecosistemas como fuente de inspiración y la capacidad recreativa que ofrece el entorno natural a las sociedades humanas. 

PROGRAMAS SECTORIALES
Los programas sectoriales comprenden los aspectos relativos a un sector de la economía o la sociedad, que es atendido por una dependencia. Rigen el desempeño de las actividades del sector administrativo relacionado con la materia de los mismos. Se integran bajo la responsabilidad de la dependencia coordinadora del sector, atendiendo las normas y lineamientos que emite para su integración la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, e incorporando las propuestas de las entidades sectorizadas.
Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales
El Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales (PSMARN) establece el conjunto de objetivos sectoriales, estratégicos y metas mediante los cuales el sector atenderá los objetivos y estrategias que define el Plan Nacional de Desarrollo en materia de Sustentabilidad ambiental.
La SEMARNAT  es la dependencia, encargada de impulsar la protección, restauración, conservación de los ecosistemas, recursos naturales y bienes y servicios ambientales de México con el fin de propiciar su aprovechamiento y desarrollo sustentable.
Para cumplir con el mandato trabajan con cuatro aspectos prioritarios:
·         La conservación y  aprovechamiento sustentable de los ecosistemas y su biodiversidad.
·         La prevención y control de la contaminación
·         Gestión integral de los recursos hídricos
·         El combate al cambio climático.


DERECHO, LEGISLACIÓN Y NORMATIVIDAD AMBIENTAL
Estos conceptos surgen de la necesidad de responder ante la sociedad a los problemas ambientales que se presentan, ya que el hombre de siempre ha pretendido dominar la naturaleza. El instruir e inducir al ser humano para que modere su comportamiento con el fin de proteger la vida, es tarea de la educación, pero exigir ese comportamiento a través de la norma y la coacción, son propios del derecho.
Legislación ambiental
La legislación ambiental o derecho ambiental es un complejo conjunto de tratados, convenios, estatutos, reglamentos, y el derecho común que, de manera muy amplia, funcionan para regular la interacción de la humanidad y el resto de los componentes biofísicos o el medio ambiente  natural, hacia el fin de reducir los impactos de la actividad humana, tanto en el medio natural y en la humanidad misma.
Normatividad ambiental
La norma es el modo como se concibe y expresa el derecho ambiental, es decir; se refiere a una regla de conducta “obligatoria” o no, que se proporciona para un uso racional y sustentable de los recursos naturales y el medio ambiente.
Derecho Ambiental
Se desarrolló como lógica respuesta a la necesidad de explotar los recursos naturales en un marco de racionalidad, aprovechamiento sostenible y protección del ambiente. Su evolución ha sido rápida y progresiva, incorporándose paulatinamente en todas las ramas jurídicas y adquiriendo, a su vez, autonomía propia como disciplina vinculada con casi todas las ciencias.
¿Cuál es el objeto de la legislación ambiental y sus finalidades?
El objeto del derecho ambiental está destinado a gobernar, ordenar, regular, dirigir la vida humana y sus actos en relaciones con el ambiente.
Las finalidades del derecho ambiental son:
ü  Definir los principios mediante los cuales se habrá de formular, conducir y evaluar la política ambiental, así como los instrumentos y procedimientos para su aplicación.
ü  Regular el ejercicio de las facultades de las autoridades de la Administración Pública, en materia de conservación del medio ambiente, protección ecológica y restauración del equilibrio ecológico.
ü  Conservar y restaurar el equilibrio ecológico, así como prevenir los daños al ambiente, de manera que sean compatibles la obtención de beneficios económicos y las actividades de la sociedad con la conservación de los ecosistemas.
ü  Establecer las medidas de control, de seguridad y las sanciones administrativas que correspondan, para garantizar el cumplimiento y la aplicación de las leyes y de las disposiciones que de ella se deriven.
ü  Regular la responsabilidad por daños al ambiente y establecer los mecanismos adecuados para garantizar la incorporación de los costos ambientales en los procesos productivos; y establecer el ámbito de participación de la sociedad en el desarrollo y la gestión Ambiental.

ORDENAMIENTO ECOLÓGICO
El ordenamiento ecológico (OE) se define jurídicamente como:
"El instrumento de política ambiental cuyo objeto es regular o inducir el uso del suelo y las actividades productivas, con el fin de lograr la protección del medio ambiente y la preservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, a partir del análisis de las tendencias de deterioro y las potencialidades de aprovechamiento de los mismos". (Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, Titulo Primero, Art.3 fracción XXIII).
Es un instrumento normativo básico o de primer piso, que permite orientar el emplazamiento geográfico de las actividades productivas, así como las modalidades de uso de los recursos y servicios ambientales, lo cual le convierte en un cimiento de la política ecológica.
Marco Legal Actual del Ordenamiento Ecológico en México
La Constitución, en sus artículos 25, 26 y 27, establece los principios de planeación y ordenamiento de los recursos naturales en función de impulsar y fomentar el desarrollo productivo con la consigna de proteger y conservar el medio ambiente. Considera además, la participación de los diversos sectores de la sociedad y la incorporación de sus demandas en el plan y los programas de desarrollo.
Menciona que la nación debe lograr un desarrollo equilibrado y sustentable del país así como el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana.
Los artículos constitucionales 73, 115 y 124 definen las facultades tanto de la federación, como de los municipios y de los estados en el ámbito ambiental.

Bibliografía

(Amory B. Lovins, L. H. (26 de Noviembre de 2015). Wikipedia . Obtenido de https://es.wikipedia.org/wiki/Servicio_natural
definicion.org. (s.f.). Obtenido de http://www.definicion.org/programas-sectoriales
Instituo Nacional de Ecologia y Campo Climatico . (s.f.). Obtenido de http://www.inecc.gob.mx/ordecol
Lopez, J. F. (s.f.). Obtenido de https://sites.google.com/site/jfermanlopez/desarrollo-sustentable/unidad-6-vision-sistematica-de-la-sustentabilidad/6-1-sociales/6-1-6-programas-sectoriales-de-medio-ambiente-y-recursos-naturales
Martínez, D. M. (s.f.). joomla! spanish . Obtenido de http://www3.inecol.edu.mx/maduver/index.php/servicios-ambientales/1-que-son.html
Todo sobre el medio ambiente . (s.f.). Obtenido de http://todosobreelmedioambiente.jimdo.com/legislaci%C3%B3n-ambiental/

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